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AVISO SOBRE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA

Efectivo el 1º de julio del 2002, la ley IC 35-33-1-1.5 requiere que la autoridad judicial que responde a la escena del crimen que involucra violencia doméstica o familiar se le dé a la víctima aviso inmediato y por escrito de los siguientes derechos establecidos bajo la ley IC 35-40.

1. La víctima tiene el derecho de ser tratada con imparcialidad, dignidad y respeto durante el proceso de justicia criminal.

2. La víctima tiene el derecho de ser informada, si lo pide, cuando la persona acusada o condenada de cometer un delito directamente contra la víctima, sea liberada de custodia o ha escapado. Eso incluye liberación o escape de instituciones mentales.

3. La víctima tiene el derecho de que su seguridad sea evaluada cuando se determina la libertad de custodia de la persona acusada de cometer un crimen en contra de la la víctima

4. La víctima tiene el derecho a información, si lo pide, sobre el estado del caso criminal involucrando la víctima o sobre la condena, sentencia y liberación de una persona acusada de cometer un delito en contra de la víctima.

5. La víctima tiene el derecho a ser escuchada en cualquier proceso involucrando las decisiones sobre la sentencia o liberación después de la condena. El derecho de la víctima de ser escuchada puede ser cumplido, a la discreción de la víctima, por medio de una declaración oral o escrita, o sumisión de una declaración a través de un audio tape o video tape.

6. La víctima tiene el derecho de hacer una declaración oral o por escrito para ser usado en la preparación del reporte que recomienda la sentencia del acusado. La víctima también tiene el derecho de leer los reportes de recomendación de la sentencia relacionados al crimen cometido en contra de la víctima para que la víctima pueda responder a estos reportes.

7. La víctima tiene el derecho de hablar con el representante de la oficina del fiscal: *después de que hayan sido levantados los cargos del presunto crimen cometido en contra de la víctima. * antes del juicio del presunto crimen cometido en contra del a víctima y *antes de cualquier resolución del caso criminal involucrando la víctima. Ese derecho se aplica en las siguientes situaciones: ·

El delito mayor (felony) alegado es cometido directamente en contra de la víctima. ·

El delito mayor o menor (misdemeanor) alegado es una ofensa en contra de la persona, lo cual incluye los delitos de agresión, agresión doméstica, agresión grave, agresión usando excremento, negligencia criminal (criminal recklessness), intimidación, acosamiento, invasión de la privacidad , o apuntar con una arma de fuego, y el presunto delito mayor o menor sea cometido contra la víctima por una persona que:

a) es o fue esposo(a) de la víctima;

b) está o estaba viviendo como si fuera esposo(a) de la víctima;

c) o tiene hijo en común con la víctima. · Para otros delitos, la víctima debe solicitar una petición de notificación, que incluye un número de teléfono en servicio y una dirección.

8. La víctima tiene el derecho de pedir una orden de restitución y otras alternativas civiles en contra de la persona condenada de un crimen en contra de la víctima.

9. La víctima tiene el derecho a que se le dé información sobre sus derechos constitucionales y legales.

Información colectada por la Coalición de Indiana en Contra de la Violencia Doméstica, 1915 W. 18th Street, Indianapolis, IN 46202 (317) 917-3685


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